Condena a Mediapro por no ceder la señal del fútbol a Canal 9 pese a tener un contrato firmado

Mediapro ha sido condenada por el incumplimiento de dos contratos firmados entre ambos operadores. La sentencia exige a Jaume Roures que cumpla lo estipulado en dichos documentos. Estos han sido los hechos.

Mediapro y Canal 9 firmaron dos contratos televisivos, el 25 de agosto de 2006 y el 12 de febrero de 2010, en los que se estipulaba que: “La Televisión Valenciana posee los derechos de retransmisión en abierto hasta el final de la temporada 2010-2011, de un partido de fútbol por jornada correspondiente a la Primera División y de dos partidos del Campeonato de Copa de S.M. El Rey, así como el derecho a emitir los resúmenes correspondientes a los partidos de Primera, Segunda División y del Campeonato Copa de S.M. El Rey durante cada jornada, además del derecho de retransmisión de un partido de fútbol, por jornada, de Segunda División hasta la temporada 2011-2012”.

No obstante y tal como recoge la sentencia, “Mediapro impidió el acceso a los equipos de Tv de Canal 9 en el partido de la liga 2010-2011 correspondiente al enfrentamiento entre el Atlético de Madrid y el Sporting de Gijón, partido seleccionado en abierto y perteneciente a la primera jornada de la Liga de Fútbol Española”.

Canal 9 optó, en ese momento, por denunciar a Mediapro y el Juzgado Mercantil Número 7 de Barcelona (el mismo que acaba de publicar la sentencia) ordenó entonces y como medida cautelar, en un auto con fecha del 17 septiembre de 2010, que “Mediapro debía respetar el cumplimiento de ambos contratos suscritos con la cadena pública valenciana”.

Sin embargo, el operador de Jaume Roures siguió insistiendo en no facilitar la señal de las retrasmisiones de los partidos de primera división, durante las jornadas sucesivas.

De este modo, Canal 9 se encuentra cuantificando los daños y perjuicios producidos durante la anterior temporada por Mediapro, para así exigir la correspondiente indemnización.